martes, 29 de septiembre de 2015

29 DE SEPTIEMBRE DÍA MUNDIAL DEL CORAZÓN

La Federación Mundial del Corazón con el apoyo de la OMS y la UNESCO ha designado el día 29 de septiembre del 2000 como el primer DÍA MUNDIAL DEL CORAZÓN. Esto obedece, a una estrategia para poder tener la oportunidad de dar a conocer masivamente las enfermedades cardiovasculares, su prevención control y tratamiento. El 29 de septiembre del 2000, fue la primera vez que se celebró, a nivel planetario y de forma coordinada entre todos los países.
En colaboración con la OMS, la Federación Mundial del Corazón organiza en más de 100 países eventos que ayuden a hacer conciencia sobre los problemas cardiovasculares, este tipo de enfermedades como el infarto de miocardio y el accidente cerebro vascular son desafortunadamente las más mortíferas del mundo, no en vano se cobran en el mundo 17,1 millones de vidas al año.
Los lugares en los que viven, trabajan y juegan no debe aumentar nuestro riesgo de enfermedad cardiovascular (ECV). Pero las personas con frecuencia no pueden tomar decisiones saludables para el corazón debido a factores ambientales, tales como la disponibilidad de alimentos saludables o zonas libres de humo.
Toda la semana será dedicada a tomar conciencia sobre la importancia de las acciones de promoción de salud y prevención de las enfermedades cardiovasculares.
En esta ocasión, se pretende priorizar sobre la necesidad de favorecer entornos que sean saludables para evitar enfermedades al corazón, ya sea en hogares, trabajo o comunidades y lógicamente en nuestra perspectiva de prevencionistas haremos énfasis de aquellas actividades relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo en pro de nuestro corazón.
Este tipo de enfermedades como el infarto de miocardio y el accidente cerebro vascular son las más mortíferas del mundo, y se cobran en el mundo alrededor de 17,1 millones de vidas al año.
Para obtener más información sobre este día puedes visitarwww.world-heart-federation.org

domingo, 2 de agosto de 2015

UN NUEVO CONCEPTO EN MATERIA DE SEGURIDAD EMPRESARIAL



Ahora el GRUPO TUDARES & ASOCIADOS expande sus actividades en materia de Seguridad para brindarle a sus clientes, relacionados y amigos más Servicios en materia de Seguridad que su empresa necesita.

Conocemos las necesidades reales que cualquier empresa por más pequeña que sea, tiene en la actualidad, para ello hemos ampliado nuestros servicios creando las siguientes divisiones:

DIVISIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:  Para brindarle todo el asesoramiento necesario para la creación de los Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como ponemos a su disposición nuestro SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, tal y como lo establece la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)




DIVISIÓN DE PROTECCIÓN Y CONTROL DE PÉRDIDAS (PCP). Proteger sus activos empresariales es de vital importancia sobre todo en estos momentos en que la inseguridad avanza a pasos agigantados en nuestro país. Elaboramos Análisis Situacionales o de Entorno, Análisis de Riesgos y detectamos las vulnerabilidades de sus instalaciones para que conozca la problemática real en materia de Seguridad Física. De igual manera protegemos todo lo relacionado a los Sistemas Informáticos de los posibles ataques de Hackers que traten de extraer información sensible.





DIVISIÓN DE MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS: Le asesoramos en cuanto a la obtención o renovación del Registro de Actividades Capaces de Degradar el Ambiente (RACDA), así como todo lo referente a capacitación en manejo de Materiales Peligrosos tal y como lo exige la legislación venezolana. Asesoramos en cuanto a la disposición de Desechos Peligrosos así como también lo relacionado a las Evaluaciones de Impacto Ambiental. Auditorías en materia ambiental (Norma ISO 14001)




DIVISIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS: Ofrecemos nuestros servicios en las siguientes áreas del Derecho: Derecho Laboral Empresarial, Derecho Penal Empresarial y Derecho Informático o de nuevas Tecnologías. Abogados con experiencia atenderán sus requerimientos en materia legal en el momento que usted lo necesite. 


En el GRUPO TUDARES & ASOCIADOS,buscamos siempre innovar y es por ello que no importa en que lugar del país se encuentre. Trabajamos con las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), lo que nos permite estar con usted en tiempo real en el momento en que más nos necesite. A tan sólo un "clic" de distancia.



GRUPO TUDARES & ASOCIADOS. SOMOS SUS CONSULTORES EN SEGURIDAD

jueves, 23 de julio de 2015

DE LA INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y LA MODALIDAD PREVENTIVA

INTERESANTE ARTÍCULO EL CUAL NOS PARECE OPORTUNO COMPARTIR CON NUESTROS LECTORES



integracion



Desde hace un tiempo se están defendiendo reformas y estrategias que buscan la potenciación de los modelos preventivos propios en detrimento de los servicios ajenos, considerando que estos pueden ser más eficaces a la hora de integrar la prevención de riesgos laborales en la empresa, y justificando normativamente esta preponderancia en las regulaciones europeas que orientan la normativa de los Estados miembro.
En un repaso de la vasta biblioteca en PRL nos encontramos con resultados encontrados y voces diferentes sobre dicha mayor eficacia en la integración de la PRL y aún más en su justificación a través de las orientaciones de las directivas europeas, considerando esto último más como una cuestión interpretativa que una intención legislativa de la propia Comisión.
Sin entrar en profundidad, en el presente artículo mencionaremos algunas referencias que entendemos motivan que las directivas y normas europeas en su planteamiento original no defienden que una modalidad es más eficaz que otra o, es decir, que no sea menos eficaz la integración de la PRL en la empresa realizada por servicios ajenos tal y como parece interpretar la tendencia interpretativa que pretendemos debatir.
A modo de opinión particular diremos que para que exista una verdadera integración hay una necesidad de que coadyuven dos elementos; una modalidad preventiva de calidad -ya sea con medios propios o ajenos- y un empresario y empresa comprometidos con la prevención de riesgos laborales, y que cuando falla alguno de estos elementos es cuando la integración se deviene insuficiente.
Huelga decir que el estudio “La tendencia hacia la servitización en la gestión de la prevención de riesgos laborales” (Berbegal-Mirabent y Canntonet Jordi) analiza la eficacia del servicio de prevención propio y ajeno a través de una muestra de cerca de 5000 empresas y un análisis de regresión logística binominal-multinomial. Del resultado del mismo, entre otras reflexiones, se plantea lo siguiente:
“En lo que se refiere al tipo de servicio de prevención, los resultados indican que aquellas empresas en las que el propio empresario o unos trabajadores designados por él asumen las funciones de PRL son más propensas a registrar un mayor índice de siniestralidad. De forma similar, aquellas empresas que han optado por configurar una unidad propia especializada en PRL también registran una mayor tasa de accidentes laborales…”
“…este resultado confirma la intuición inicial de que los servicios de PRL se están profesionalizando, siendo cada vez más las empresas que deciden subcontratar aquellas actividades que no son estratégicas para las empresas pero que requieren de un elevado nivel de especialización que las empresas no tiene, así, el hecho de recurrir a un servicio de prevención ajeno podría estar ligado a una sutil disminución de la siniestralidad laboral. La explicación la encontramos en lo que podríamos llamar la servitización a partir de la subcontratación. El mercado actual requiere de la existencia de empresas de elevado valor añadido capaces de proveer funciones preventivas específicas. Se trata pues de empresas que poseen la experiencia y los recursos necesarios para la implementación e integración de un sistema de prevención en empresas de cualquier sector. Su elevado alto nivel de especialización las hace realmente atractivas…”

Haciendo referencia a este estudio no queremos decir que haya otros, muchos teóricos y otros, menos, prácticos, con otros resultados si bien el que nos referimos es, sin duda, válido para defender el planteamiento de la eficacia de los servicios de prevención ajenos en la integración de la PRL en la empresa.
De igual manera sobre la segunda premisa planteada; la justificación normativa a través de las directrices europeas de favorecer la asunción propia de la PRL en detrimento del asesoramiento externo para una mejor integración del sistema preventivo en la empresa, podemos aludir a referencias como las siguientes.
La Directiva del Consejo de 12 de junio de 1989 relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores (89/391/CEE) en su artículo sexto sobre obligaciones generales de los empresarios, en su apartado segundo letra g) dice lo siguiente: “planificar la prevención buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo…”.
Para continuar desarrollando los servicios de control y prevención que podrán coadyuvar en la integración del sistema preventivo en la empresa, y dice:
“Artículo 7.- Servicios de protección y de prevención
 Apartado 3. Si las competencias en la empresa y / o establecimiento son insuficientes para organizar dichas actividades de protección y de prevención, el empresario deberá recurrir a competencias (personas o servicios) ajenas a la empresa y / o al establecimiento.
 Apartado 6. La protección y la prevención de los riesgos para la seguridad y la salud que son objeto del presente artículo se garantizarán por uno o varios trabajadores, mediante un solo servicio o mediante servicios diferentes, ya sea(n) interno(s) o externo(s) a la empresa y / o establecimiento. El (los) trabajador(es) y / o el (los) servicio(s) deberán colaborar cuando sea necesario.”
 Entendemos por tanto que esta Directiva, origen de nuestra Ley de Prevención de Riesgos Laborales, plantea, claro está, la necesaria integración de la PRL en la empresa pero considerando para ello igual de válido el apoyo a la asunción propia como al servicio ajeno.
Algún lector considerará que el apartado tercero prioriza sobre la asunción propia en su redactado dejando como subsidiaria la concertación con un servicio de prevención ajeno, pues bien, cabe recordar aquí el planteamiento realizado en 2004 en laCOMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES sobre la aplicación práctica de las disposiciones de las Directivas de salud y seguridad en el trabajo 89/31(Directiva marco), que en su análisis de los servicios de control y prevención dice:
“La intención del legislador al establecer la disposición relativa a uso prioritario de un servicio de prevención interno antes que un servicio de prevención externo es garantizar que las empresas que ya dispongan de servicios internos de protección y prevención los mantengan, ofreciendo la posibilidad de acceder a servicios de protección y prevención de calidad a aquellas que no dispongan de los mismos.
 El 15 de mayo de 2001, el Comité consultivo para la seguridad, la higiene y la protección de la salud en el trabajo adoptó un Dictamen sobre los servicios multidisciplinares de protección y de prevención y sobre la vigilancia de la salud en el trabajo en el que se establece que los Estados miembros deben garantizar el control de calidad, mientras los empresarios, que son responsables de la aplicación de las medidas de seguridad, deben tener capacidad para implicar a los trabajadores y recurrir a servicios competentes cualificados para llevar a cabo estas tareas.
La Comunicación de la Comisión sobre una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad 2002-2006 ya recomendaba combinar instrumentos para ayudar a conseguir altos niveles de cumplimiento de los requisitos de la legislación de salud y seguridad en las PYME:
  • difundir las buenas prácticas a nivel local;
  • garantizar el acceso a servicios externos de protección y prevención de calidad y a coste asequible;
  • … “
Dicho lo cual esta primera y relevante Directiva considera la necesidad de garantizar los servicios externos como necesarios para la implementación del sistema preventivo, es decir, la integración de la PRL en la empresa, siempre y cuando, reiteramos, se realice con recursos suficientes y garantías de calidad.
Así las cosas, la implantación de los diferentes sistemas, ya sea de calidad, medioambiente, etc. son ordenados en normas internacionales y considerados eficaces y eficentes tan pronto se integran los diferentes parámetros pre-establecidos en la estructura de la empresa a través de servicios externos, en su mayoría, con el conocimiento suficiente y la experiencia probada para garantizar la calidad en su implantación, es decir, el primero de los dos elementos necesarios comentados al inicio del artículo. A continuación las posteriores auditorías evidencian sí el empresario y la empresa han aplicado o continúan aplicando los protocolos establecidos, en resumen, integrando adecuadamente el sistema en cuestión ( segundo elemento necesario). Al contrario, en la actividad preventiva, siendo está más compleja y relevante por su objeto, la interpretación que intentamos rebatir en el presente artículo, se plantea un concepto de integración que parece estar mutando a una concepción hibrida e indivisible entre integración y asunción propia.
En consecuencia esta disyuntiva ha servido de base en nuestro país para realizar reformas legislativas internas con posibles contrariedades con las pretensiones europeas. A modo de ejemplo nos encontramos con una reforma de la LPRL, contenida en la Ley de Emprendedores e Internacionalización, en la cual se artícula un necesario incremento del número de trabajadores de las empresas en las cuales el empresario puede asumir la PRL, además con la desafortunada justificación de considerar su inclusión en Título IV “Simplicación de las Cargas Administrativas”, es decir equiparar el asesoramiento en PRL con un coste para las empresas. Cabe recordar la reflexión de la Directiva 89/391 :
Considerando que es necesario desarrollar la información, el diálogo y la participación equilibrada en materia de seguridad y de salud en el trabajo entre los empresarios y los trabajadores y / o sus representantes por medio de procedimientos e instrumentos adecuados, de conformidad con las legislaciones y / o los usos nacionales; Considerando que la mejora de la seguridad, de la higiene y de la salud de los trabajadores en el trabajo representa un objetivo que no podrá subordinarse a consideraciones de carácter puramente económico.”
Al margen de lo anterior volvemos a mirar hacía la normativa europea y el tema que nos ocupa y buscamos referencias en la Estrategia Europea 2007-2011, que continúa siendo soporte para la actual Estrategia Europea hasta el 2020, en la cual define a los servicios de prevención como fundamentales para un correcto sistema preventivo integrador, vease el apartado 4.1. Reforzar la aplicación legislativa comunitaria, que en su página sexta y séptima dice lo siguiente:
“4. CREAR UN MARCO LEGISLATIVO MODERNO Y EFICAZ
4.1. Reforzar la aplicación de la legislación comunitaria
Por consiguiente, las estrategias nacionales deberían dar prioridad a la aplicación de un conjunto de instrumentos que garanticen un nivel elevado de cumplimiento de la legislación, en particular en las PYME y en los sectores de alto riesgo:
– el acceso a servicios externos de prevención que tengan un alto nivel de calidad y que sean asequibles;
A la luz de la evaluación de la situación a escala europea, la Comisión examinará la conveniencia de adoptar una recomendación en la que se invite a los Estados miembros a que, cuando no existan competencias dentro de la empresa, adopten iniciativas que faciliten el acceso a servicios de prevención de calidad, en particular para las PYME.”
 En dicha redacción no caben más interpretaciones en su pretensión que potenciar el asesoramiento externo de calidad en la misma medida que se potencian otras modalidades preventivas. Y cuando hablamos de Calidad de estos operadores, es importante recordar el severo control de recursos humanos y materiales por la Autoridad Laboral y Sanitaria competente, tanto a la hora de acreditar el servicio como la obligatoriedad de comunicar cualquier modificación sobre los criterios de acreditación iniciales.
Confiamos en que estas breves reseñas sean, cuanto menos, suficientes para debatir sobre la necesidad de replantear esta línea argumental.
Acabamos el artículo haciendo un breve esquema de las tres conclusiones que consideramos más relevantes del documento:
-La modalidad preventiva de asesoramiento externo es igual de efectiva para la integración de la PRL que otras modalidades preventivas.
-Que la eficacia para la integración no reside en una modalidad concreta sino en la calidad de la modalidad elegida y el compromiso del empresario/empresa por la prevención de riesgos laborales.
-La normativa europea considera la necesaria potenciación de los servicios externos de calidad.
Fuente: Óliver Martin. Gerente de la Federación ASPA

domingo, 5 de julio de 2015

COMO IDENTIFICAR LOS REQUISITOS LEGALES EN SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y MEDIO AMBIENTE QUE APLICAN EN SU ACTIVIDAD


Muchas empresas con Sistemas de Gestión de Certificados deciden externalizar la identificación de los requisitos legales en ISO 9001, ISO 14001, NFPA, OHSAS 18001,  entre otros con el fin de evitar no conformidades, y la posibilidad de incurrir en sanciones y responsabilidades legales.
El desconocimiento y la falta de tiempo hacen que muchas empresas decidan subcontratar a empresas externas para realizar este servicio.  ¿Pero qué elementos deben tenerse en cuenta para garantizar la fiabilidad, la personalización y la tranquilidad de cumplir con toda la normativa de aplicación en tu empresa? A grandes rasgos, el servicio de identificación y actualización de los requisitos legales externalizados debería:
  • Identificar, actualizar y verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales que aplican a tu actividad, con el fin de garantizar el correcto y eficaz desarrollo de tus actividades.
  • Cumplir con los estándares y criterios de los auditores externos y de otros aspectos más remotos relacionados con los sistemas de gestión implantados.
  • Asignar y actualizar automáticamente qué requisitos legales aplican a tu centro.
  • Asegurar un alto grado de personalización a través de la extracción, con gran detalle y veracidad, de la información técnica concreta que aplica en tu centro de trabajo.
  • Extractar, recopilar e informar de los requisitos de determinadas disposiciones sectoriales.
  • Identificar y hacer seguimiento de posibles cambios en las disposiciones legales basadas en umbrales, que aplican o pueden afectar a corto / medio plazo a la actividad.
  • Conocer futuros requisitos legales y saber  cómo actuar frente  a la aplicación y afectación de estos, así como descartar los que no te atañen
  • Elaborar la lista de los requisitos legales para que puedas modificarla y editarla junto con el asesoramiento.
  • Una búsqueda fácil, rápida y automática de toda aquella legislación compleja.
  • Interpretar los artículos normativos, así como demostrar su trazabilidad y seguridad frente a errores interpretativos.
  • Responder tus dudas, así como asesorarte en cualquier consulta a nivel legal.
  • Aplicar y ejecutar toda la normativa que afecta a tu negocio en todas las regiones en las que tengas sucursales o centros de trabajo.
  • Recibir alertas de todas las disposiciones legales y fechas de vencimiento de trámites administrativos y legales asociados.
En CARLOS TUDARES & ASOCIADOS estamos conscientes de la dificultad que muchas empresas presentan al querer identificar los requisitos legales que aplican a su actividad, para ello ponemos a su disposición nuestra experiencia de más de 20 años, que permite la identificación, actualización y gestión del cumplimiento legal aplicable a tu empresa en las áreas de Prevención de Riesgos Laborales, Medio Ambiente, y Derecho Laboral Empresarial.
Póngase en contacto con nosotros a través de los números telefónicos (0269) 414-43-16 (0412) 965-03-00. e-mail: tudares.asociados@gmail.com para ofrecerle la solución que está buscando

LA SOMNOLENCIA EN EL TRABAJO NO SUPONE RIESGO EN EL TRABAJO

La somnolencia en el trabajo no supone riesgo en el trabajo, al menos esa es la conclusión de una reciente sentencia judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en la cual se revocado la sentencia previa dictada por un Juzgado de lo Social de Murcia que reconocía la invalidez permanente a un trabajador en base a que la somnolencia que un empleado de mantenimiento padecía no supone un riesgo de accidente en su labor.
La sentencia estima así el recurso que el Instituto Nacional de la Seguridad Social interpuso contra la primera sentencia que estimó la demanda de este empleado y condenó al citado organismo a pagarle una pensión vitalicia mensual del 55 por ciento de su salario base. Según el tribunal las patologías que sufre el demandante,que incluyen también una hernia discal y obesidad, no constituyen factores suficientes para pasar a la situación de invalidez.
Y añade que todas ellas no tienen alcance invalidante, teniendo en cuenta que la labor que desarrolla no implican la realización de grandes esfuerzos ni la carga de elevados pesos, y en cuando a la somnolencia, tampoco constituye un factor de riesgo dadas las característica de su puesto de trabajo.

somnolencia en el trabajo

martes, 28 de abril de 2015

HOY CELEBRAMOS EL DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO



Un año más celebramos el día mundial de la seguridad y salud laboral, una campaña anual internacional para promover el trabajo seguro, saludable y digno, que estableció la OIT en el año 2003.
El 28 de abril y la semana en la que se encuentra esta singular fecha se convierte en gran parte del mundo en la fiesta de la prevención, con las tradicionales semanas de la prevención, los safety days, o las jornadas que se organizan en la mayoría de organizaciones de todo tipo. Y ello es muy positivo, pero si se celebra como exaltación de la seguridad y salud laboral que llevamos a cabo durante todo el año, y no como “el día que hacemos algo sobre prevención” en caso se que el resto de año no hacemos nada al respecto, como suele pasar con la mayoría de los “días internacionales de”.
Personalmente creo que estamos en un punto de inflexión en el que posiblemente hemos agotado el modelo actual y debemos dar un paso más que nadie se atreve a dar.
Y realmente es preocupante que este tipo de hecho suceda. En los años de experiencia que tengo puedo asegurar el total desapego de los dueños de empresas a los temas que tienen que ver con la Seguridad y Salud en el Trabajo. Invierten muy poco o casi nada en capacitación y preparación de los trabajadores lo que trae como consecuencia el incremento de los accidentes laborales y las enfermedades ocupacionales. 
Debemos crear una cultura de prevención pero de verdad verdad. Un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser el norte de toda organización ya que el mismo garantiza una efectiva calidad de vida para nuestros trabajadores.
Los invitamos a poner en práctica la Cultura de la Prevención, no sólo en este día sino en todos los días del año. Hagamos de nuestros centro de trabajo sitios seguros para nuestros trabajadores.
Abg. CARLOS TUDARES T.

domingo, 12 de abril de 2015

28 DE ABRIL DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD

Una cultura nacional de prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo implica el respeto del derecho a gozar de un medio ambiente de trabajo seguro y saludable a todos los niveles; la participación activa de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores para asegurar un medio ambiente de trabajo seguro y saludable a través de un sistema de derechos, responsabilidades y deberes definidos y la atribución de la máxima prioridad al principio de la prevención.
La OIT celebra el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo el 28 de abril con el fin de promover la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en todo el mundo. Se trata de una campaña de sensibilización cuyo objetivo es centrar la atención a nivel internacional sobre las nuevas tendencias en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo y sobre la magnitud de las lesiones, enfermedades y muertes relacionadas con el trabajo.
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo
El 28 de abril es también el día en el que el movimiento sindical mundial celebra su Jornada Internacional de Conmemoración de los Trabajadores Fallecidos y Lesionados, para así honrar la memoria de las víctimas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y se organizan con este motivo movilizaciones y campañas en todo el mundo.
Con la celebración del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo la OIT promueve la creación de una cultura de prevención en materia de seguridad y salud para los mandantes de la OIT y todas las partes implicadas en este campo. En muchas partes del mundo, las autoridades nacionales, los sindicatos, las organizaciones de trabajadores y los profesionales del sector de seguridad y salud organizan actividades para celebrar esta fecha. Le invitamos a que se una a nosotros en la celebración de este día tan importante y que comparta con nosotros las actividades que usted organice.
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viernes, 3 de abril de 2015

ABRIL: MES DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO


La OIT celebra el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo el 28 de abril con el fin de promover la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en todo el mundo. Se trata de una campaña de sensibilización cuyo objetivo es centrar la atención a nivel internacional sobre las nuevas tendencias en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo y sobre la magnitud de las lesiones, enfermedades y muertes relacionadas con el trabajo.

Con la celebración del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo la OIT promueve la creación de una cultura de prevención en materia de seguridad y salud para los mandantes de la OIT y todas las partes implicadas en este campo. En muchas partes del mundo, las autoridades nacionales, los sindicatos, las organizaciones de trabajadores y los profesionales del sector de seguridad y salud organizan actividades para celebrar esta fecha. Le invitamos a que se una a nosotros en la celebración de este día tan importante y que comparta con nosotros las actividades que usted organice.

El 28 de abril es también el Día Internacional en Memoria de los Trabajadores Fallecidos y Heridos, que el movimiento sindical celebra en todo el mundo desde 1996. Su propósito es honrar la memoria de las víctimas de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales organizando en esta fecha movilizaciones y campañas de sensibilización en todo el mundo.

En 2003, la OIT se involucró en la campaña del 28 de abril a petición del movimiento sindical. Al tiempo que honramos a los trabajadores fallecidos y heridos, valoramos y celebramos que estas lesiones y muertes pueden prevenirse y reducirse, haciendo que este día sea un acontecimiento tanto de conmemoración como de celebración. Desde 2003, la OIT celebra el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo el 28 de abril apoyándose en sus valores tradicionales: el tripartismo y el diálogo social.

El 28 de abril se considera un día para aumentar la conciencia internacional sobre la seguridad y la salud tanto entre los sindicatos, como entre las organizaciones de empleadores y los representantes de los gobiernos. La OIT reconoce la responsabilidad compartida de las principales partes interesadas y los anima a promover una cultura preventiva de seguridad y salud y a cumplir con sus obligaciones y responsabilidades, con el fin de prevenir las muertes, lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo y permitir a los trabajadores regresar con seguridad a sus hogares al final de cada día de trabajo.

Por esta razón durante todo este mes traeremos a nuestro blog información, noticias y avances en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

El tema para la campaña 2015 es "ÚNETE A LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CULTURA DE LA PREVENCIÓN EN MATERIA DE SST", así que les invitamos a programar actividades en sus respectivos centros de trabajo con la finalidad de mejorar la seguridad y la salud de nuestro trabajadores.

Este es el afiche que la OIT ha diseñado para este año y me permito compartirlo con ustedes




Abg. CARLOS TUDARES T.
FUENTE: ilo.org

domingo, 29 de marzo de 2015

SEGURIDAD BASADA EN VALORES

Es cierto que enseñar lo técnico es muy importante, pero también es fundamental saber que no es lo único y que detrás de esta estrategia deben existir elementos que les permitan a sus empleados tomar decisiones acertadas desde la razón, las emociones y el corazón.
En el diseño o fortalecimiento de su programa de salud y seguridad tenga presente conceptos como:
Etapas o niveles de conciencia 
Identifique cuáles son los análisis personales que realizan sus trabajadores sobre los incidentes, accidentes y en general sobre el concepto de seguridad:
 Conciencia mágica: la seguridad es cuestión de suerte o de los dioses.
 Conciencia ingenua o fanática: la seguridad es responsabilidad del supervisor o del jefe de seguridad.
 Conciencia crítica o autogestionaria: la seguridad es responsabilidad de todos e incluye bienestar, salud y amor personal, por la familia y por el colectivo.
Es importante llevar a todos sus empleados hacia la conciencia crítica o autogestionaria.
Visiones de seguridad que NO motivan
 Obediencia ciega de normas: por complacer al jefe, a la empresa, a la familia, a la sociedad. 
 El objetivo único es evitar accidentes: alerta o cautela solo dentro de la empresa.
Visiones de seguridad que SÍ motivan
 Valor vital: se identifica con el bienestar, la salud y la vida feliz tanto propia como de los demás.
 Necesidad interna: rebasa la dimensión física y alcanza la seguridad sicológica. Propende por el cuidado integral.
Bases motivacionales de la seguridad
La seguridad como valor se nutre de tres motivaciones fundamentales:
 Afiliación positiva
Interior: cuidado físico y sicológico, y autoestima.
Exterior: cuidado de familiares, amigos y de los compañeros de trabajo.
 Poder positivo
Interior: autocontrol y fortaleza.
Exterior: asertividad hacia comportamientos seguros y necesidad de transmitir conocimientos.
 Logro positivo
Interior: experticia en el dominio de tareas, eficiencia en el desarrollo de trabajos seguros y excelencia en el logro de resultados.
Exterior: asegurar un mejor futuro económico y social propio, de la familia, de los compañeros, de la empresa y de las comunidades vecinas.

EL MINISTERIO DEL TRABAJO DE COLOMBIA EVALÚA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (SG-SST)

Como experto en el área de Seguridad y salud en el Trabajo, promuevo el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, ya que en las empresas que asesoramos y que hemos implementado dicho sistema, hemos podido comprobar los extraordinarios resultados que ofrece. A continuación, un reportaje la implantación de este Sistema en las empresas de la hermana república de Colombia por parte del gobierno, la cual nos complace y desde esta tribuna les deseamos éxito total.


Para elaborar estrategias conjuntas y evaluar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST por parte de las empresas del país, la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, realizó un encuentro con Acopi, Andi, Fenalco, Fasecolda y las 10 Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).
En el encuentro se buscaron estrategias para fortalecer el trabajo que vienen adelantando las empresas con sus trabajadores y contratistas y que se adoptó mediante Decreto 1443 de 2014.
El nuevo Sistema de Gestión obliga a los empleadores a realizar un reconocimiento permanente de las condiciones de trabajo, que inciden en el bienestar, la seguridad y la salud de los trabajadores, permitiendo realizar las acciones de mejora continua.
Para ello, las ARL vienen realizando asesoría y asistencia técnica para que los empleadores cumplan con lo definido en el nuevo Sistema y vigilarán su cumplimiento dentro de sus empresas afiliadas.
Así mismo, las ARL implementan estrategias de asesorías abiertas, cursos virtuales con intensidad horaria de 8 a 25 horas de capacitación de la norma y la utilización de material de apoyo, guías, boletines informativos, correos electrónicos y página web, entre otras.
Andrea Torres Matiz, directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, hizo un llamado para que las empresas que “aún no han iniciado con el proceso de la implementación del nuevo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, lo inicien cuanto antes porque este es un proceso que nos va a permitir disminuir los accidentes y enfermedades de nuestros trabajadores”.
“Si tenemos unos trabajadores saludables y en buenas condiciones, pues vamos a tener una mejor producción y una mejor sociedad“, precisó la funcionaria.
Como se conoce, hay un periodo de transición para las empresas mientras sustituyen el programa de Salud Ocupacional por el nuevo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyo primer plazo se vence en primer lugar para las empresas de menos de 10 trabajadores, el 31 de diciembre de 2015. Posteriormente, será para las organizaciones con 10 hasta 200 empleados y para aquellas con 201 o más trabajadores.
La Dirección de riesgos Laborales se volverá a reunir con cada una de las ARL para conocer las estrategias que están implementando con las empresas para mejorar o ajustarlas al cumplimiento de la norma.
Abg. CARLOS TUDARES

sábado, 21 de marzo de 2015

UNA NUEVA OPCIÓN PROFESIONAL PARA LOS PREVENCIONISTAS: "DIRECTOR DE FELICIDAD, SALUD Y SEGURIDAD"

Compartimos este interesante artículo de los amigos de España:

Hace pocos días, en la radio y en algunos diarios digitales como “El Confidencial“, nos informaban que muchas empresas, incluso algunas estatales, han empezado a incorporar el puesto de Director de Felicidad en su organigrama. Entre las funciones de estos nuevos responsables se incluyen generar motivación, un buen funcionamiento del trabajo en equipo y fomentar de forma constructiva los valores esenciales de las empresas. Los asesoramientos, dinámicas de grupo y sesiones personales son los instrumentos que utilizan estos nuevos profesionales.
Como segundo aspecto a considerar tenemos claro que el Riesgo Psicosocial ya es inherente a los puestos de trabajo, tanto por causas organizativas como por causas de la propia tarea. Evaluar y gestionar específicamente esta tipología de riesgo ya resulta habitual y común entre las tareas de los Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales y los SPA, junto con el resto de riesgos de seguridad, higiene y ergonomía. Inspección de trabajo ya ha desarrollado varias campañas con la firme finalidad de fomentar que estos riesgos se encuentren bien evaluados y las empresas planteen medidas efectivas para la reducción de los daños que estos riesgos pueden ocasionar en los trabajadores. Podemos resumir que los riesgos psicosociales y sus medidas preventivas son el pan de cada día de los profesionales de la prevención.
En tercer lugar, y como ya se ha comentado en este Blog, los aspectos beneficiosos de vida saludable (física y mental) de los empleados también empiezan a coger fuerza dentro de las prioridades de las empresas y de los responsables que gestionan la Seguridad y Salud para reducir las contingencias comunes y otras mejoras indirectas. Para cubrir esa necesidad creciente las consultoras de prevención y los SPA’s disponen e implementan productos con el objetivo principal de fomentar hábitos saludables de los trabajadores dentro y fuera de su puesto de trabajo.
Si fusionamos ahora los tres aspectos comentados, tendremos una nueva oportunidad de trabajo para los Técnicos de Prevención de Riesgos de hoy en día.: El Responsable/Director de Felicidad, Seguridad y Salud Laboral (No es ironía ni cinismo). Se trata claramente de una innovadora oportunidad profesional de nuevo enfoque, que ya tiene su reflejo en la aparición de posibilidades formativas en algunas universidades como la de Harvard en Boston donde imparten cursos de Work, Health and Wellness o el Máster en Felicidad y Productividad de la Universidad Politécnica de Valencia
Un nuevo cargo para profesionales de la seguridad laboral
Un nuevo cargo para profesionales de la seguridad laboral
Según lo comentado, las funciones principales de los nuevos Directores de Felicidad, Seguridad y Salud las podríamos sintetizar en:
  • Gestionar y fomentar el desarrollo profesional continuado, la motivación, el trabajo en equipo y la fluidez de comunicación en y entre los departamentos de una empresa.
  • Equilibrar la productividad y eficiencia de la empresa con la conciliación familiar y la flexibilidad horaria. Aumentar la rentabilidad de las empresas haciendo más felices a sus trabajadores.
  • Promover los hábitos saludables de los empleados dentro y fuera de la empresa para la reducción de las contingencias comunes y lograr mejoras indirectas.
  • Reducir la siniestralidad mediante la mejora continua del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales a través de las técnicas preventivas básicas (Seguridad, Higiene y Ergonomía/Psicosociología).
En resumen este cargo debería dirigir los recursos disponibles para gestionar adecuadamente el “paquete” completo de la empresa que desea estar equipado con empleados física y psicológicamente saludables.
Y no podemos cerrar nuestro artículo sin proporcionar una herramienta 3.0 en formato APP a los “futuribles” Directores de Felicidad, Seguridad y Salud”. Motivator es una app que mezcla una pizca de humor y el famoso “coaching” para enfrentarnos a situaciones muy complejas como…. los Lunes. Una simpática APP de IOS para que los Responsables que aquí hemos descrito compartan en sus sesiones grupales y dinámicas para fomentar la productividad feliz con una sonrisa cómplice.

LOS PELIGROS DE UNA MALA POSTURA (INFOGRAFÍA)

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Después de una jornada laboral en la que permanecemos de forma prolongada en la misma postura, podemos sufrir fatiga, dolores musculares o entumecimiento de las piernas. Para no sentir todas esas molestias ni sufrir problemas de salud más graves hay que tener en cuenta unos requisitos mínimos de ergonomía e higiene postural.

Esta infografía recoge algunos de lasconsecuencias peligrosas de estar sentado durante la mayor parte del día, cómo debemos colocar cada parte del cuerpo para permanecer en una postura correcta y algunos consejos para mantener nuestro cuerpo sano en la oficina.Como explica el gráfico, una buena postura no sólo nos beneficia en la salud sino que además ayuda a realizar un mejor trabajo.
Mala postura.
-Enfermedades cardíacas. La falta de actividad física propicia el deterioro de nuestro sistema cardiovascular, alterando el nivel de grasa que se encuentra en la sangre.
-Diabetes. Al ser sedentarios, somos posibles candidatos a padecer obesidad, lo que a su vez, aumenta las probabilidades de padecer diabetes.
-Cáncer de colon. Un exceso de tiempo sentado y una conducta sedentaria aumentan el riesgo de cáncer de colon.
-Degeneración muscular. El estar sentados puede hacer que los músculos de las piernas se debiliten y se tensen, además de ocasionar dolor por falta de uso.
-Muerte prematura. Por las complicaciones de salud mencionadas, nuestro riesgo de muerte prematura aumenta.
-Problemas con las piernas. Al no ejercitar las piernas se incrementa la posibilidad de desarrollar osteoporosis o algún problema muscular.
-Problemas de la columna. Aumenta el riesgo de desarrollar hernias en los discos lumbares.
Buena postura.
-Los ojos. Lo correcto es que miren al frente durante el tiempo de trabajo.
-La cabeza. Mantener la cabeza en alto ayuda a prevenir dolores de cuello.
-Los hombros. Deben estar relajados para liberar presión de la espalda.
-Los brazos. Se recomienda que los antebrazos estén rectos y las muñecas alineadas para evitar dolor artrítico.
-Las piernas y los glúteos. La altura de la silla debe ajustarse para que trasfiera el peso corporal a través de los glúteos y no de los muslos.
-Los pies. Deben estar apoyados completamente en el suelo. Si no se llega a él debe usarse un reposapiés.
-La columna vertebral. La postura correcta es con la espalda recta y puede estar apoyada en un respaldo.
Cómo prevenir la mala postura y mantener tu cuerpo sano en la oficina.
Para evitar caer en posturas inadecuadas es aconsejable tener en cuenta algunas sencillas recomendaciones.
-La pantalla debe estar a 55 cm y ligeramente más abajo de la altura de los ojos.
-La espalda debe formar un ángulo 90º con las piernas y tener un respaldo flexible.
-Hay que mantener el área de trabajo organizada con todo lo que se necesita a mano.
-Realizar ejercicios de estiramientos durante 10 minutos antes y después de la jornada laboral.
Infografía de PublimetroHub

EL EMPLEADOR NO ESTÁ OBLIGADO A ELIMINAR FUNCIONES ESENCIALES DEL CARGO PARA OTORGAR ACOMODO RAZONABLE A UN TRABAJADOR CON DISCAPACIDAD POR ACCIDENTE LABORAL


Eso dependerá del tipo de trabajo que desarrollaba el trabajador accidentado, porque en muchos casos no se pueden modificar puestos de trabajo ya que los procesos productivos no lo permiten. Es muy probable que al modificar los procedimientos de trabajo se vean alterados dichos procesos productivos. Es por eso que una vez finalizada la investigación del accidente laboral y la respectiva revisión del Análisis hechos al puesto de trabajo, el empleador tomará la decisión de modificar o no las funciones de ese cargo

En Venezuela, se exige la reubicación del trabajador en una ocupación acorde con sus capacidades residuales, sin considerar su "calificación" para el nuevo cargo; más cuando se trata de secuelas o consecuencias de un accidente de trabajo. 

Luce un poco injusto que el empleador pueda excepcionarse con tan sólo alegar que el trabajador no está calificado para alguna otra posición, puesto que precisamente su condición es consecuencia de un accidente laboral.

Y es así porque esa es la excusa preferida de algunos empleadores. La ley establece que el trabajador debe ser capacitado en la tarea que va a realizar por lo tanto si después de haber sufrido un accidente laboral dicho trabajador se reintegra, se deberá capacitar en el nuevo puesto de trabajo, el cual deberá tener su respectivo Análisis de Puesto de Trabajo.

Abg. CARLOS TUDARES

CREACIÓN DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA CONTRA DELITOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Aprovechamos la ocasión para llevarles una reflexión del Sr. Julian Moscoso quien es Jefe del Servicio Mancomunado de Prevención de Riesgos en una importante empresa española, y que me pareció oportuno compartir con ustedes.

Si bien es cierto que en la legislación venezolana, específicamente en la LOPCYMAT existen sanciones de carácter penal (art. 131) y que también están contempladas las Fiscalías en materia Laboral, no es menos cierto que las sanciones en esta materia han sido muy pocas, a pesar que la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y medio Ambiente de Trabajo va a cumplir 10 años. Por esta razón les invito leer el presente artículo del compañero Moscoso:

REFLEXIÓN SOBRE CONTROL DE LA SINIESTRALIDAD EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO : Buenos días a todos, en el día de hoy he querido hacer una reflexión sobre la siniestralidad laboral en España, y viendo los datos que hubo en el año 2013, 404.284 AT, de los cuales 3.390 han sido muy graves y 111 mortales, y considerando que el Título XV, artículos del 311 al 318, considera los DELITOS contra la salud de los trabajadores, nos cabe preguntar, Ya que la falta de seguridad y salud en el trabajo se considera un delito, y todos los días analizamos sentencias con penas de prisión a los agentes laborales que participan en el trabajo, ¿sería conveniente crear una unidad especializada contra delitos laborales dentro de nuestras fuerzas de seguridad y salud del estado? Y si se creara esta unidad que fuesen por nuestras ciudades, ¿se verían andamios mal montados, trabajadores sin arneses de seguridad, maquinaria a motor sin marcado CE, etc, o por el contrario se reduciría el número de accidentes laborales al ser sancionable por nuestras fuerzas y cuerpos de seguridad a través de sanciones administrativas, e incluso penales?. Os dejo esta reflexión para que opinéis. Un saludo.